
El colegio cuenta con oferta educativa desde preescolar hasta undécimo regulados por la Secretaria de Educación. Para su funcionamiento se encuentra distribuido en una única sede; donde se encuentran las oficinas principales y las aulas para los grados de preescolar a undécimo. La vida académica y formativa esta a cargo de las asignaturas propuestas en el plan de estudios, la coordinación de bienestar con su departamento de orientación y la enfermería.
Según su organización de distribuyen las funciones: Los estudiantes de un curso dependen directamente de los docentes, los directores de curso y os docentes de otras asignaturas, los docentes dependen de los jefes de área quienes dependen de los coordinadores como jefes inmediatos, a su vez los coordinadores dependen del Director de calidad
y este depende del Rector.
CALENDARIO ACADÉMICO:Se establece el calendario académico de acuerdo con la resolución 1730 de junio de 2004 y la directiva ministerial 15 de 2009.
GOBIERNO ESCOLAR:Cada establecimiento educativo del estado tendrá un Gobierno escolar conformado por el rector, el consejo directivo y el consejo Académico. Todos los miembros de la comunidad educativa son competentes para participar en la dirección de las instituciones de educación y lo harán por medio de sus representantes, en los órganos del Gobierno Escolar, usando los medios y procedimientos establecidos en las normas aplicables y en el presente Manual de Convivencia. Tal y como lo ordenan el articulo 142 de la ley 115 de 1994 y los artículos 20 y siguientes del Decreto 1860 de 1994, el COPAVAL tiene un Gobierno Escolar para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa. En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, docentes, administradores y de los padres y/o acudiente en la adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades sociales, deportivas, culturales, artística y comunitaria, la conformación de organizaciones juveniles y demás acciones que redunden en la práctica en la participación democrática de la vida escolar. Tanto en las instituciones publicas como privadas, la comunidad educativa debe ser informada para permitir una participación seria y responsable en la dirección de las mismas".(Ley 115 de febrero 08 de 1994, articulo 142).
La comunidad educativa elige a las personas que los representan. Ellas asumen esta responsabilidad en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional que se ejecuta en el colegio.
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